Seguro vivienda en alquiler, ¿quién lo paga?

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nota simple registro propiedad - Proddigia Blog

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¿Qué ocurre si hay una gotera en la vivienda alquilada?, ¿el inquilino puede contratar un seguro para cubrir la devolución de la fianza?, ¿el arrendador debe contratar un seguro para el impago de rentas? El seguro de vivienda en alquiler plantea muchas dudas tanto para el inquilino como para el arrendador. En este artículo respondemos a las principales preguntas en relación a este tipo de seguro.



Tipos de seguro de vivienda en alquiler


Cuando se alquila una vivienda existen diversos aspectos que se pueden cubrir con un seguro de vivienda en alquiler, por lo tanto, podemos decir que hay varios tipos de seguro de vivienda en alquiler o tipos de cobertura, que son los siguientes:



Seguro de continente


Lo primero que debemos saber es que el seguro de la vivienda en alquiler no es obligatorio, pero es recomendable para mantener el inmueble en las mejores condiciones y estar protegido en el caso de que suceda algo como una rotura de una tubería, por ejemplo. En el supuesto en que la vivienda esté vacía (no tenga muebles) se suele contratar un seguro de continente por parte del propietario. El seguro de continente suele cubrir la construcción (cimientos, paredes, tejado, instalaciones, tuberías etc.) y suele tener determinados límites que influirán en el precio del seguro.



Seguro de contenido


El contenido se refiere a lo que se encuentra dentro la vivienda como muebles, electrodomésticos, joyas, ordenadores, televisiones, móviles y objetos de valor, entre otros. En este caso las pólizas también suelen tener límites que afectan al precio a pagar. Puede ocurrir que en la vivienda parte del contenido sea propiedad del arrendador y otra parte propiedad del inquilino, por lo que cada uno podrá contratar un seguro diferente.



Seguro de responsabilidad civil frente a terceros


Si se produce una rotura de una tubería en el piso alquilado y en el piso de abajo se hace una gotera, por ejemplo, con la cobertura de responsabilidad civil frente a terceros, la compañía de seguros se hará cargo de esos daños. Pero, se deben distinguir dos situaciones:


–  Que el daño se haya producido por un defecto en la tubería de la vivienda. En este caso, será una responsabilidad del propietario del piso y su seguro la deberá cubrir.


–  Que el daño se produzca por un hecho imputable al inquilino (por ejemplo, se ha dejado un grifo abierto). En este supuesto la responsabilidad civil corresponde al inquilino y la deberá cubrir su propio seguro.


En ocasiones, el arrendador es quien paga un seguro que cubre el continente, el contenido que le corresponde y la responsabilidad civil que le afecta, pero se puede repercutir el coste al inquilino o que el inquilino contrate otros seguros o alguno de ellos (especialmente el de contenido si los muebles y electrodomésticos son propiedad del arrendatario y el de responsabilidad civil por los daños derivados de la actuación del inquilino).


No obstante, las compañías de seguros se adaptan a cada caso y puede que haya un seguro que cubra el continente y algunos muebles que sean del arrendador y su responsabilidad civil y otro seguro que cubra el contenido que sea propiedad del inquilino y la responsabilidad civil que derive de su actuación.



Seguro de garantía de pago de la renta


Este seguro está especialmente diseñado para la vivienda en alquiler y, por lo general, cubre el impago de la renta por parte del arrendatario, el impago de los suministros de la vivienda (agua, luz y gas, entre otros), así como el coste de la defensa jurídica (se refiere a los honorarios del abogado y del procurador que intervengan en un posible procedimiento judicial) en el caso de que haya un posible conflicto con el arrendatario (por ejemplo, un procedimiento de desahucio por falta de pago de la renta). En este caso es el propietario quien suele contratar el seguro, pero puede repercutir el coste al inquilino o solicitar que sea él quien lo pague.


Sin embargo, para evitar inquilinos morosos se pueden tomar medidas antes de firmar el contrato de arrendamiento como cotejar la solvencia del potencial inquilino a través de su contrato de trabajo o nómina, entre otros aspectos.



Seguro de garantía de devolución de la fianza


Por su parte, el inquilino también puede contratar un seguro para cubrir una serie de riesgos, por ejemplo, la negativa del propietario de la vivienda a devolver la fianza cuando se termina el contrato de alquiler. En este caso la póliza cubre la recuperación de la fianza. También se suele incluir en este seguro la defensa jurídica para el caso de que haya conflictos entre arrendador y arrendatario. Este tipo de seguro lo contrata directamente el inquilino.



Seguro de vivienda en alquiler: ¿qué es más recomendable contratar?


Tal y como hemos visto en los apartados anteriores, el seguro de vivienda en alquiler puede tener diversas coberturas y lo que se contrate dependerá de cada caso. Lo vemos, de forma resumida, a continuación:


Si la vivienda tiene muebles del arrendador y del arrendatario.


– Lo recomendable es que el propietario de la vivienda contrate un seguro que cubra:

▪ El continente.
▪ El contenido (muebles o electrodomésticos que sean de propiedad del
arrendador).
▪ La responsabilidad civil que se pueda imputar al propietario.
▪ La defensa jurídica en caso de conflicto con el inquilino.


– Por su parte, el inquilino es recomendable que contrate un seguro que cubra:

▪ El contenido (muebles, objetos y electrodomésticos que sean propiedad
del inquilino).
▪ La responsabilidad civil imputable al inquilino.
▪ La defensa jurídica en caso de conflicto con el arrendador.



Si la vivienda solo tiene muebles del inquilino:


– El arrendador podrá contratar un seguro que cubra el continente, la responsabilidad civil y la defensa jurídica.


– El arrendatario podrá contratar un seguro que cubra el contenido, la responsabilidad civil y la defensa jurídica.


Adicionalmente, el arrendador puede contratar un seguro para cubrir el impago de la renta y de los conceptos asimilados (gastos de comunidad o de suministros que se repercutan al inquilino) y el inquilino puede contratar un seguro que le garantice la devolución de la fianza al final del arrendamiento.



Aspectos que considerar antes de contratar un seguro de vivienda en alquiler


Tanto si eres inquilino como propietario de una vivienda en alquiler debes considerar una serie de aspectos antes de contratar un seguro de vivienda de alquiler:


–  Medidas de seguridad que tenga la vivienda (caja fuerte, puerta blindada o acorazada, alarma, rejas, seguridad 24 horas, etc.).


–  Coberturas que ofrece cada compañía.


–  Límites de cada cobertura.


–  Valoración real del continente y del contenido.


–  Forma de indemnizar en caso de siniestro: reemplazo, reposición o indemnización con un importe de dinero.


–  Comparación entre pólizas de diversas compañías para conocer la mejor opción. Es importante no valorar solo el precio sino también la atención al cliente, las coberturas, los límites de cada cobertura y leer las pólizas con detenimiento.



Por lo tanto, contratar un seguro de una vivienda en alquiler es importante para cubrir imprevistos y, si lo necesitas, puedes contar con los profesionales de Proddigia para alquilar tu vivienda o asesorarte sobre los seguros que es más conveniente contratar para estar tranquilo.





Ana Vila

Ana Vila

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